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Carta al Banco Interamericano de Desarrollo (BID) de Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP)

October 1, 2005 | Campaign Update

Lima, 1 de octubre 2005

Señor Luis Alberto Moreno
Presidente del Banco Inter-Americano de Desarrollo
Washington, D.C.

Asunto: Posición de AIDESEP respecto al “Plan de Protección y Defensa de los Pueblos en Aislamiento Voluntario y Contacto Inicial de la Reserva Kugapakori, Nahua, Nanti y otros” del INDEPA-GTCI

Estimado señor Moreno:

Por medio de la presente lo saludamos a nombre de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana, AIDESEP, organización indígena peruana que representa a los Pueblos Indígenas de esta nación.

Hacemos propicia esta oportunidad para informarle sobre nuestra posición y observaciones respecto al “Plan de Protección y Defensa de los Pueblos en Aislamiento Voluntario y Contacto Inicial”, que forma parte del contrato firmado entre el Gobierno del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo para la ejecución del “Programa de Fortalecimiento Institucional y Apoyo a la Gestión Ambiental y Social del Proyecto Camisea”; al proceso de elaboración y aprobación del mismo, así como respecto de la explotación de hidrocarburos por el Proyecto Camisea, en el área de la Reserva Territorial Nahua Kugapakori:

1. Para garantizar los derechos fundamentales y colectivos de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial de la Reserva Nahua Kugapakori es necesario paralizar las operaciones de explotación de gas en el Lote 88 o Proyecto de Camisea, pues tal como se evidencia en los testimonios de la población local, como en informes elaborados por organismos independientes y estatales (Defensoría del Pueblo, Ministerio de Salud), las operaciones de hidrocarburos en este lote están deteriorando las condiciones de vida de nuestros hermanos en aislamiento y contacto inicial mediante la proliferación de enfermedades, disminución de fuentes alimenticias, contactos forzados, etc.
2. Desde la iniciación del proyecto Camisea, AIDESEP ha presentado ante el Estado peruano sus preocupaciones, propuestas, recomendaciones, así como sus decisiones institucionales para la protección de los pueblos en aislamiento que habitan en la Reserva Nahua Kugapakori, sin obtener ninguna respuesta concreta.
3. Nuestras propuestas no han sido recogidas en el Plan de Protección elaborado a solicitud del GTCI, organismo formado por el Ministerio de Energía y Minas para asumir la responsabilidad de la ejecución del Programa.
4. Hemos analizado con detenimiento el referido Plan de Protección y consideramos que:

4.1. No considera el derecho a la libre determinación de los pueblos en aislamiento, lo cual podría dar lugar a la aplicación de medidas que vulneren este derecho con consecuencias dramáticas para estos pueblos.

4.2. No hace un análisis completo de los actores de la Reserva ni de sus actividades y los riesgos que éstas implican para la vida y el bienestar de los pueblos en aislamiento. La exclusión de este análisis de actores en el Plan desmerece sus esfuerzos por plantear alternativas de solución.

4.3. No toma en cuenta la participación de los pueblos indígenas y sus organizaciones en las acciones de protección para los pueblos en aislamiento y la Reserva misma. Asimismo, no considera los conceptos indígenas sobre territorio, recursos, cultura, etc.

4.4. No hace un análisis legal integral de la normatividad nacional e internacional respecto a los Pueblos Indígenas en Aislamiento, con lo cual sus conclusiones respecto de los derechos indígenas al territorio y otros concurrentes obscurece y debilita la situación legal y real de los mismos.

4.5. El componente de la tercerización en el Plan de Protección atenta contra la institucionalización de la problemática indígena. La creación de la Comisión Nacional de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos –CONAPA-, y luego del Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos –INDEPA-, fue apoyada y promovida por el movimiento indígena peruano en la creencia que el Estado finalmente asumiría sus obligaciones para con los indígenas de manera institucional. La tercerización de las acciones para la protección de los pueblos aislados y de la Reserva atenta contra la acumulación de experiencia y la especialización del INDEPA, desperdiciando la oportunidad de fortalecer esta institución pública dentro de la estructura del Estado con sensibilidad hacia los requerimientos de los pueblos indígenas, y convirtiéndola en un evento coyuntural en el que entidades privadas, cuyo funcionamiento y responsabilidad no dependen del Estado, cumplirían tareas de manera esporádica, es decir, hasta que los fondos del financiamiento del BID lo permitan.

4.6. La tercerización de acciones no debería plantearse respecto de acciones que tengan relación directa con la garantía de los derechos de los pueblos indígenas en primer lugar porque constitucionalmente el rol tuitivo del Estado corresponde exclusivamente a éste; en segundo lugar, porque las funciones que se tercerizarían implican la acción punitiva del Estado y su carácter neutral, aspectos que no pueden ser delegados a terceros; y finalmente, porque la propuesta de tercerizar debe ceñirse a lo establecido por las leyes y jurisprudencia nacional, que la restringen a aspectos de servicios y obra, contratos de gerencia y acciones de contratación y subcontratación en actividades que no implican la protección de derechos de las personas.

4.7. No se especifica en el plan el presupuesto y la asignación de recursos para cada acción o programa. Tampoco existe ninguna propuesta de financiamiento a largo plazo, ni la transferencia de estos costos al tesoro público para asegurar la continuidad de la protección de los pueblos indígenas en aislamiento de la Reserva, su hábitat y sus recursos.

1. A propuesta del INDEPA, organismo del Estado que tiene a su cargo la aprobación del referido Plan de Protección, se han venido realizando diferentes reuniones con grupos de interés para obtener sus apreciaciones respecto al plan. Con relación a ello, AIDESEP considera que los talleres que viene realizando INDEPA para la aprobación del plan NO configuran un proceso genuino de consulta tal como lo establece el convenio 169 de la OIT.

Si bien AIDESEP ha participado en estas reuniones o talleres organizados por INDEPA para recoger las consideraciones de los grupos de interés, ello no significa que respaldemos la forma como se está llevando a cabo este proceso. Por ello, cuestionamos la desorganización y descoordinación de las instituciones del Estado para asumir sus compromisos en la defensa de los derechos de los pueblos indígenas de la Reserva, el desinterés que existe en los organismos del Estado y sus funcionarios encargados del Plan para cumplir con los objetivos de garantizar estos derechos, la falta de transparencia respecto a aspectos como el presupuesto, la exclusión de las demandas de las organizaciones indígenas, la no incorporación de un mapa de actores y riesgos que afectan en la actualidad a los pueblos indígenas aislados y las consiguientes acciones que eliminen o minimicen estos riesgos.

Por ello, reiteramos nuestra solicitud de excluir el área del Lote 88 superpuesta a la Reserva Territorial del Estado Kugapakori, Nahua, Nanti y otros, pues consideramos que ésta es la mejor manera de proteger los derechos de los Pueblos Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial de la RKNN.

Asimismo, solicitamos que su representada disponga la evaluación del proceso de ejecución del “Programa de Fortalecimiento Institucional” que ha financiado mediante un contrato firmado con el Estado. Esta acción es urgente y necesaria en la medida que desde que se iniciaron las acciones de transporte de gas de Camisea, hace tan solo un año, se han producido hasta el momento, dentro de lo que se conoce, tres rupturas de gasoductos que han afectado gravemente la salud de los habitantes tanto de zonas de Sierra como de la Amazonía. No esperemos que hechos como éstos sucedan en el territorio de pueblos tan vulnerables como los que habitan la Reserva Kugapakori, Nahua, Nanti y otros, pues de hacerlo ocasionarían su extinción, por lo que en tal supuesto iniciaríamos las acciones legales pertinentes ante los organismos internacionales que correspondan.

Atentamente,

Haroldo Salazar Rossi, Presidente

Shapiom Noningo Sesén, Vicepresidente

Teresita Antazú López, Secretaria

Julio Cusurichi Palacios, Tesorero

Juan Caritimari Arirama, Vocal

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